La discusión sobre si la víctima o el querellante pueden responder por falso testimonio sigue siendo una de las grietas interpretativas más visibles. Una línea exige ajenidad estricta del testigo; otra entiende que el deber procesal de veracidad alcanza también a quien declara con interés en la causa.
La consecuencia práctica es central: según la postura adoptada, el conflicto puede mantenerse en el art. 275 o desplazarse hacia otras figuras, e incluso hacia cuestiones de acción privada.