1. Cheque o eCheq rechazado
Reuní el cheque y el rechazo bancario. En un eCheq, revisá con el banco la Certificación para ejercer acciones civiles (CAC) y su estado antes de continuar.
Servicio de cobro y contratación
Consultar ejecución de chequesEl primer paso es identificar el documento y el saldo. Un cheque rechazado, un pagaré y una factura común pueden exigir vías distintas. Después, revisá la prueba, las fechas y los bienes del deudor.
Elegí tu documento en el mapa y prepará lo necesario para decidir el próximo paso. La guía usa el procedimiento nacional aplicable en CABA.
Si necesitás que el estudio lleve el reclamo, consultá Cobranzas y ejecuciones. Si hay riesgo concreto sobre los bienes, revisá urgencia y solvencia.
Cheques, pagarés, facturas comunes y FCE MiPyME: guías para elegir la vía, revisar plazos, insolvencia e intereses.
Reuní el cheque y el rechazo bancario. En un eCheq, revisá con el banco la Certificación para ejercer acciones civiles (CAC) y su estado antes de continuar.
Servicio de cobro y contratación
Consultar ejecución de chequesConservá el original. Revisá vencimiento, firma, beneficiario y cadena de endosos. Si proviene de crédito para consumo, llevá también el contrato y la liquidación.
Guía por tipo de documento
Ver la guía de pagarésSumá a la factura la prueba del pedido, entrega o servicio, recepción, saldo y comunicaciones. El envío de la factura, por sí solo, no resuelve toda la prueba.
Guía de prueba y reclamo
Ver la guía de facturasLa vía exige un título apto y una deuda exigible, líquida o fácilmente liquidable. Conocé sus etapas y defensas antes de equiparar cualquier deuda con una ejecución.
Guía del procedimiento
Entender el juicio ejecutivoConfirmá el expediente, sus fechas y la sindicatura. Prepará la documentación del crédito y revisá la vía de verificación que corresponde.
Guía para acreedores comerciales
Verificar un crédito en concurso o quiebraIdentificá la acción, el obligado y el inicio del plazo. Reuní las fechas de presentación, rechazo, vencimiento y reclamos anteriores.
Guía de prescripción del crédito
Revisar los plazos para cobrarComprobá el encuadre, la aceptación, el Registro, la titularidad y el saldo del documento especial antes de evaluar su cobro.
Guía del régimen especial de FCE
Revisar aceptación y cobro de FCEReuní documento, moneda, vencimiento y pagos para justificar los intereses del crédito comercial y preparar una cuenta documentada.
Guía de intereses comerciales
Revisar los intereses del créditoDocumento y deuda. No basta con que te deban: hay que identificar qué documento tenés y qué saldo es exigible.
Cheque y eCheq. El rechazo y la presentación en término importan. Conservá las constancias y, en el eCheq, revisá la CAC con el banco.
Pagaré. Sus requisitos y las omisiones que la ley suple deben revisarse sobre el documento; una firma sola no reemplaza ese análisis.
Factura común. No es título ejecutivo por sí sola. Reuní prueba del negocio, cumplimiento, recepción y deuda.
Art. 1145 CCyCN. La presunción por falta de observación durante diez días desde la recepción pertenece a la compraventa de cosas muebles; no se aplica automáticamente a facturas de servicios.
Prueba ordenada. Guardá originales, contratos, remitos, correos y comprobantes de pagos parciales; el saldo debe poder reconstruirse.
Fechas y plazos. Anotá vencimiento, presentación y rechazo. El cómputo cambia según el título, la acción y el obligado; no asumas que negociar conserva todos los derechos.
Mediación. Bajo la Ley 26.589, la ejecución tiene mediación optativa; un reclamo de conocimiento puede exigirla. Las cautelares están excluidas.
Acuerdo de mediación. El acta incumplida tiene un régimen de ejecución de sentencia y recaudos propios; no se trata como un cheque o pagaré.
Urgencia y medidas. El embargo requiere fundamentos y recaudos. Si hay hechos que amenazan el cobro, reuní su prueba para evaluar una cautelar.
Consumo y competencia. Un pagaré de crédito para consumo exige revisar la operación y el art. 36 de la Ley 24.240; no debe tratarse sin más como un crédito entre empresas.
Solvencia y presupuesto. Antes de litigar, evaluá bienes embargables, gastos y opciones de acuerdo. Ganar una sentencia no asegura cobrar.
Marcá lo que ya reuniste. Conservá los originales y una copia de respaldo.
El nombre del documento orienta, pero su contenido y la deuda determinan la vía. Esta tabla usa el régimen nacional; la competencia se analiza en cada caso.
| Qué tenés | Qué revisar | Vía a evaluar | Siguiente paso |
|---|---|---|---|
| Cheque o eCheq rechazado | Presentación, rechazo, legitimación y fechas; CAC si es eCheq. | Ejecutiva, con recaudos cambiarios y procesales. | Servicio de cheques |
| Pagaré impago | Requisitos, vencimiento, firma, endosos y eventual crédito para consumo. | Ejecutiva si el título es apto y la obligación exigible. | Guía de pagarés |
| Factura común | Negocio, cumplimiento, recepción, observaciones, saldo y otros documentos. | Conocimiento; revisar si otro instrumento habilita ejecución. | Guía de facturas |
| Acta de mediación con acuerdo incumplido | Acta, firmas, certificación de la firma del mediador y exigibilidad. | Ejecución de sentencia según Ley 26.589 y CPCCN. | Revisar el acta |
| Factura de Crédito Electrónica MiPyME | Encuadre, aceptación, Registro, vencimiento, saldo y legitimación. | Evaluar fuerza ejecutiva conforme al régimen especial y las constancias del caso. | Comprobar la FCE MiPyME y su estado |
En el juicio ejecutivo importan la aptitud del título y una deuda exigible, líquida o fácilmente liquidable (CPCCN, arts. 520 y 523). Las etapas y defensas se explican en Juicio ejecutivo.
El acta con acuerdo se ejecuta por el procedimiento de ejecución de sentencia (Ley 26.589, art. 30; CPCCN, art. 500 inc. 4). Revisá el acta suscripta por el mediador y la certificación de su firma. No exige homologación general.
La Ley 26.589, art. 26, exige homologación cuando se involucran intereses de incapaces; el CPCCN, art. 500 inc. 4, contempla el supuesto de derechos de menores e incapaces controvertidos. Esa excepción y los restantes recaudos deben examinarse antes de ejecutar. Para evaluar el acta, consultá Cobranzas y ejecuciones.
Si detectás venta u ocultamiento de bienes o un deterioro relevante de la solvencia, guardá la evidencia. Un embargo preventivo u otra cautelar puede evaluarse con sus requisitos y la caución que corresponda (CPCCN, arts. 199 y 209).
No alcanza con afirmar que el deudor no paga. La medida debe fundarse; también hay que controlar las fechas del documento antes de seguir negociando.
Identificá información disponible sobre cuentas, inmuebles, vehículos o créditos del deudor. Es un criterio práctico para comparar el costo del reclamo con la posibilidad de recuperar dinero.
Si procede embargo y no se conocen bienes o son insuficientes, puede evaluarse la inhibición general del art. 228 CPCCN. Limita vender o gravar; no genera fondos ni otorga prioridad de cobro.
Si recibiste una notificación de concurso o quiebra, llevála a la consulta: exige revisar el procedimiento aplicable antes de continuar la cobranza individual.
Para distinguir el plazo para accionar de la duración del trámite, revisá la prescripción según documento, acción y obligado.
Para justificar el rubro, reuní documento, moneda, fecha de mora y fuente de tasa; consultá cómo revisar mora, tasa y liquidación.
| Idea frecuente | Qué revisar | Dónde seguir |
|---|---|---|
| «Toda deuda documentada se ejecuta». | Importan el título y la exigibilidad, no sólo la existencia de un papel. | Juicio ejecutivo |
| «Si mandé la factura, ya probé todo». | En una factura común importan negocio, cumplimiento y recepción. El art. 1145 CCyCN tiene un ámbito específico. | Facturas impagas |
| «Negociar me da más tiempo». | No toda conversación conserva acciones. Incluso la interpelación fehaciente tiene límites y efectos que deben revisarse (CCyCN, art. 2541). | Ordenar las fechas |
| «El embargo es automático». | La cautelar necesita fundamento y recaudos; disponer una medida no equivale a cobrar. | Urgencia y solvencia |
| «Cualquier pagaré de consumo se trata como uno comercial». | Hay que revisar la operación de crédito y la protección del consumidor, incluida la competencia. | Pagaré impago |
| «Ganar significa recuperar todo». | La recuperación depende de activos realizables y de los gastos del reclamo. | Evaluar costos |
Contanos qué documento tenés, cuánto te deben y cuándo venció. Con esos datos y la prueba disponible podemos evaluar la vía y el próximo paso.
Siguiente paso: reuní la documentación para la consulta. También podés ver los servicios para empresas.
Orientación sobre deudas comerciales documentadas en cheques, eCheq, pagarés y facturas comunes, con referencia al procedimiento nacional aplicable en CABA. La competencia material y territorial se revisa en cada caso; otras jurisdicciones tienen reglas propias. Las operaciones de consumo requieren un análisis específico. No desarrolla créditos laborales, fiscales ni de alquileres.
La norma y la documentación del caso prevalecen sobre esta síntesis. La información orienta una consulta y no garantiza resultados; el cobro efectivo depende también de la solvencia del deudor. Política editorial