¿La policía puede requisarme por “nerviosismo”?
Resumen del Fallo (BLUF)
En “Flores” (14/05/2024), la Cámara Federal de Corrientes declaró la nulidad absoluta del procedimiento policial y de todos los actos consecuentes. El Tribunal determinó que el “estado de nerviosismo” invocado por Prefectura no constituye una circunstancia objetiva y razonable para justificar una requisa sin orden judicial (art. 230 bis CPPN). Al caer el procedimiento, se anuló el secuestro de la droga y el procesamiento dictado.
Antecedentes del caso
El expediente llegó a Cámara tras la apelación de la Defensa Oficial contra el procesamiento de Flores por tenencia simple de estupefacientes.
El juez de primera instancia había validado el procedimiento de Prefectura, donde se secuestraron 32 envoltorios de cannabis (86 gramos) tras una requisa en la vía pública. La defensa planteó la nulidad, argumentando que no existían motivos válidos para interceptar y registrar al ciudadano.
Qué discutió la defensa: Ilegalidad del procedimiento
El planteo central fue que la requisa se realizó sin orden judicial y sin que se dieran los supuestos de urgencia o sospecha fundada que exige la ley.
La defensa sostuvo que la policía no puede detener a alguien basándose en sensaciones subjetivas como el nerviosismo, y que convalidar ese accionar violaba las garantías constitucionales contra la injerencia arbitraria del Estado.
Hechos relevantes del procedimiento
Según el acta policial, el 21/02/2023 personal de Prefectura patrullaba a pie cuando identificó a Flores. El único motivo consignado para interceptarlo, seguirlo y requisarlo fue que el ciudadano mostraba un “estado de nerviosismo”.
Tras el control de documentos (que dio negativo), procedieron a la requisa personal donde hallaron la droga. No hubo intento de fuga ni otros indicios objetivos previos.
Qué dijo la Cámara: El límite del “olfato policial”
El Tribunal de Alzada fue contundente al anular el procedimiento. Sus fundamentos principales fueron:
- Exigencia de Objetividad: El art. 230 bis del CPPN exige “circunstancias previas o concomitantes que razonable y objetivamente” justifiquen la requisa. El nerviosismo es un estado anímico subjetivo, no un hecho observable y controlable.
- Imposible Control: Validar requisas por nerviosismo dejaría la libertad de los ciudadanos a merced de la pura discrecionalidad policial, sin posibilidad de revisión judicial posterior.
- Nulidad Consecuente: Al ser nula la requisa, todo lo que se obtuvo a partir de ella (la droga, el acta, la detención) carece de valor probatorio. Sin prueba, no hay delito.
Checklist defensivo (para discutir requisas “por intuición”)
Puntos para atacar el procedimiento
- Motivo previo real: Leer el acta. ¿Qué hecho concreto (antes del hallazgo) habilitó la requisa?
- Subjetividad vs. Objetividad: Si dice “nerviosismo”, “actitud sospechosa” o “mirada esquiva”, es atacable. Exigir datos verificables.
- No convalidación ex post: El hallazgo de droga NO valida el procedimiento ilegal previo. El fin no justifica los medios procesales.
- Nulidad Total: Pedir la nulidad del acta y la exclusión de toda la prueba derivada (teoría del fruto del árbol envenenado).
Ficha Técnica
| Tribunal: | Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes |
| Fecha: | 14/05/2024 |
| Expediente: | FCT 388/2023/CA1 ("Flores") |
| Tema: | Requisa sin orden / Nulidad / Nerviosismo |
| Resultado: | NULIDAD ABSOLUTA SOBRESEIMIENTO |
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La policía no puede detenerte y revisarte solo porque "les pareciste sospechoso". Si el procedimiento fue irregular, la causa puede anularse.
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