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Juicio por jurados: no pueden agravar la calificación en la cesura si el jurado no lo decidió

Resumen del Fallo (BLUF)

La Casación Penal bonaerense (Sala IV) declaró parcialmente procedente el recurso de la defensa en el caso Maraboli Campos. El tribunal casó la sentencia en la calificación, recalificando el hecho a una figura penal más leve (abuso sexual simple agravado) y ordenó dictar una nueva pena. Estableció que el juez técnico no puede introducir una calificación más grave en la audiencia de cesura si los hechos necesarios para esa agravante no fueron puestos a consideración del jurado.

El caso: Condena por un delito no debatido

Sergio Oscar Maraboli Campos fue sometido a juicio por jurados. El juez técnico, en la sentencia posterior al veredicto (etapa de cesura), lo condenó a 17 años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por convivencia y guarda.

La defensa recurrió alegando que esa calificación ("gravemente ultrajante") no había sido objeto de acusación clara ni trasladada al jurado como opción en el formulario de veredicto. Sostuvo que el juez técnico, al aplicar esa figura en la sentencia, se excedió de los hechos que el jurado había tenido por probados, violando el principio de congruencia y la competencia del jurado.

Qué dijo Casación: Límite al juez técnico

El Tribunal validó la postura defensista en este punto central. Sostuvo que el veredicto del jurado tiene una "reserva de poder": el jurado es quien define los hechos. Si la acusación no incluyó los elementos fácticos del tipo más grave en el debate ante el jurado, no puede luego pretender que el juez técnico los incorpore "por la ventana" en la audiencia de pena.

En consecuencia, Casación recalificó el hecho a la figura que sí había sido debatida (abuso sexual simple agravado) y ordenó el reenvío para que se fije una nueva pena acorde a este delito menor.

Sobre la perspectiva de género

La defensa también había cuestionado las instrucciones del juez sobre perspectiva de género, alegando que predisponían al jurado. Casación rechazó este agravio, aclarando que la perspectiva de género es una obligación constitucional que busca evitar sesgos y estereotipos, y no implica una orden de "creerle automáticamente" a la denunciante, sino de valorar la prueba sin prejuicios discriminatorios.

Regla práctica que deja el caso

Regla: La condena debe limitarse estrictamente a los hechos que el jurado declaró probados en su veredicto.

Límite: El juez técnico no puede agravar la calificación jurídica en la sentencia basándose en circunstancias fácticas que no formaron parte de la deliberación y decisión del jurado.

Cómo usar este precedente en tu Defensa

Checklist para la Audiencia de Cesura

Controlar la congruencia entre veredicto y pena:

  • Cotejo del Veredicto: Revisar con lupa el formulario de veredicto. ¿Qué hechos exactos votó el jurado como probados?
  • Freno a la Fiscalía: Si en la cesura el fiscal pide pena por un tipo más grave (ej. "ultrajante" o "con alevosía") que no estuvo en el veredicto, oponerse citando "Maraboli Campos".
  • Instrucciones como Límite: Recordar que las instrucciones impartidas al jurado fijan el marco legal. El juez no puede salirse de ese marco en la sentencia.
  • Recurso de Casación: Si el juez condena por algo más grave de lo que decidió el jurado, es motivo de casación por violación al juez natural y al debido proceso.
Ficha Técnica
Tribunal: Tribunal de Casación Penal PBA (Sala IV)
Fecha: 23/02/2023
Causa: Causa N° 120.281 ("Maraboli Campos")
Materia: Juicio por Jurados / Cesura de Pena / Recalificación
Resultado: RECALIFICACIÓN A DELITO MENOR REENVÍO PARA NUEVA PENA

¿Te condenaron por un delito más grave del que decidió el jurado?

A veces los jueces técnicos intentan "corregir" el veredicto agravando la pena. Eso es ilegal. Revisamos tu sentencia para ajustar la condena a lo que realmente se probó.

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