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¿Salió una ley nueva que me beneficia, aunque mi delito me impida salidas y libertad condicional?

Resumen del Fallo (BLUF)

En el Caso Llanes (JNEP 1, 28/05/2024), el juzgado aplicó retroactivamente el art. 56 quáter (Régimen Preparatorio para la Liberación) por el principio de ley penal más benigna. Esto permitió que un condenado excluido de libertad condicional y asistida por el art. 14 CP pudiera acceder a una modalidad de salida progresiva para preparar su reinserción social.

El problema: "Excluido de todo"

El condenado cumplía una pena de 17 años de prisión por homicidio en ocasión de robo. Debido a la calificación legal y su condición de reincidente, se encontraba alcanzado por las prohibiciones de los arts. 14 CP y 56 bis de la Ley 24.660. En la práctica, esto significaba que debía cumplir su condena "punta a punta" sin acceso a salidas transitorias ni libertad anticipada.

La "ley más benigna" en ejecución

La defensa planteó que la reforma de la Ley 27.375, si bien endureció ciertos aspectos, introdujo el art. 56 quáter, que crea el "Régimen Preparatorio para la Liberación". El tribunal resolvió que este instituto es una ley más favorable respecto a la modalidad de ejecución, ya que permite la progresividad donde antes no la había.

Qué resolvió el Juzgado

  • Retroactividad: Declaró la aplicación retroactiva del Régimen Preparatorio para la Liberación por ser más beneficioso para el interno (Art. 2 CP).
  • Informes Interdisciplinarios: Ordenó la realización de informes técnicos actuales por parte de dos profesionales para evaluar la viabilidad de la reinserción y el avance por etapas.
  • Romper la Ejecución Lineal: Ratificó que incluso en delitos graves, el sistema debe proveer herramientas para un egreso ordenado a la sociedad.

Cómo usar este precedente

Checklist para pedir el Régimen Preparatorio
  • Identificar Exclusiones: Sirve si el interno está bloqueado por el art. 14 CP o 56 bis.
  • Invocación Normativa: Solicitar expresamente la aplicación del art. 56 quáter por el principio de retroactividad de la ley penal más benigna.
  • Propuesta Penitenciaria: Contar con actas del Consejo Correccional que avalen conducta y concepto.
  • Plan de Egreso: Es vital presentar domicilio confirmado y referentes de contención para que el juez acepte la transición.
Ficha Técnica
Órgano: Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 1
Fecha: 28/05/2024
Ejes: Ley más benigna / Art. 56 quáter / Progresividad
Resultado: FAVORABLE (RETROACTIVIDAD)

¿Le niegan beneficios por la gravedad del delito?

Incluso con exclusiones del art. 14 CP, existen herramientas legales para lograr una salida progresiva y evitar el cumplimiento lineal de la pena.

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