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Me revisaron la computadora/celular por un delito, pero encontraron otras cosas: ¿Es válido?

Resumen del caso

La causa comenzó por amenazas en Facebook contra autoridades políticas. Se allanó el domicilio del imputado y se secuestraron dispositivos electrónicos. Una pericia con UFED y otros softwares no limitó el análisis al objeto de la orden (las amenazas) y terminó detectando una carpeta con imágenes atribuidas a pornografía de menores de edad. La Cámara consideró que el perito excedió el objeto de la medida y declaró la nulidad del punto de la pericia que incorporaba ese material, rechazando una aplicación automática de la doctrina del plain view en el entorno digital.

1. Datos principales

Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de CABA, Sala I.

Fecha: 26 de septiembre de 2018.

Causa: “R. R., D. F. s/ inf. art. 128 CP”, incidente de apelación.

Tema central: Alcance de la orden de allanamiento y límites del análisis forense de dispositivos frente a hallazgos no buscados en pericias informáticas.

2. Decisión de la Cámara

El tribunal revoca la resolución que había rechazado la nulidad planteada por la defensa y declara la nulidad del punto específico de la pericia donde se describía y valoraba el material de presunta pornografía de menores. Entiende que:

  • La orden de allanamiento estaba dirigida a investigar amenazas en redes sociales.
  • El perito extendió su análisis a carpetas y contenidos que no guardaban relación con ese objeto.
  • La plain view doctrine no habilita un “paseo ilimitado” por todo el contenido del dispositivo; requiere que el hallazgo sea verdaderamente casual y dentro del marco de la autorización.

Además, la Cámara cuestiona la idea de que la mera tenencia de cierto material resulte automáticamente típica, discutiendo la extensión del art. 128 CP al caso concreto.

3. Relevancia para ciberdelitos y UFED

Este fallo es clave para objetar pericias de amplio espectro realizadas con herramientas como UFED o software similares. Refuerza que:

  • La orden judicial debe definir un objeto preciso para la pericia digital.
  • No es válido explorar indiscriminadamente el contenido del dispositivo en busca de “algo incriminante”.
  • La traslación de doctrinas pensadas para escenarios físicos (como la plain view) al ámbito digital debe ser restrictiva y razonada.

Uso práctico: fundamento para plantear nulidades parciales de pericias digitales que exceden el objeto de la orden; útil también para guías sobre límites del perito informático y sobre cómo debe formularse el objeto de una pericia sobre celulares o computadoras.

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