REPRESENTACIÓN DE VÍCTIMAS (CABA Y PBA)

Dejá de ser un Espectador en tu Propia Causa. Tomá las riendas del Proceso.

La Fiscalía tiene miles de causas. Vos tenés una sola.

Constituirse como Querellante o Particular Damnificado es una de las herramientas procesales más fuertes para aportar pruebas, controlar la investigación y reducir el riesgo de archivo por falta de actividad o evidencia.

Si te están acusando a vos de un delito, por favor ingresá a Defensa Penal.

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¿Por qué contratar un abogado si ya el fiscal "investiga"?

SIN QUERELLA (Solo Fiscalía) CON QUERELLA (Abogado Privado)
Sos un testigo más en tu propia causa. Sos parte: podés ver el expediente siempre que quieras.
El fiscal decide qué pruebas pedir, según su propio criterio de relevancia. Podés proponer peritos, testigos y medidas, incluso si el fiscal se opone.
Si te archivan la causa o sobreseen, la causa se cae, porque tenés pocas herramientas para oponerte. Podés cuestionar el archivo y apelar si hace falta (según el caso y la jurisdicción).
Quedas atado a los tiempos burocráticos del Estado. La causa se mueve al ritmo que le imprima fiscalía. Tenés el impulso y el control de los plazos, avanzando bajo tu propia estrategia.

Preguntas Frecuentes

Es el rol procesal que te permite dejar de ser un mero denunciante para pasar a ser una parte activa del proceso penal. En Provincia de Buenos Aires suele llamarse “Particular Damnificado” y en CABA/Justicia Nacional “Querellante”. En ambos casos te permite poner tu propio abogado, aportar prueba, controlar la investigación y ejercer derechos recursivos.

No hay magia, pero hay método. Una querella activa reduce “tiempos muertos” porque seguimos el expediente, pedimos impulso cuando corresponde y acercamos prueba (testigos, informes, peritos) para evitar demoras y riesgos de archivo por falta de actividad o evidencia.

No, son carriles paralelos pero, en muchos casos, complementarios. La causa penal busca investigar hechos y eventualmente imponer sanciones. La civil busca la indemnización económica, y la de familia resuelve su propio objeto. Sin embargo, una buena prueba penal (pericias, testimonios, resoluciones) suele ser muy valiosa para otros procesos.

Depende del caso. Existen organismos y servicios públicos de asistencia a víctimas y patrocinio gratuito según jurisdicción y requisitos. En cuanto al Estudio, en situaciones muy específicas y seleccionadas, podemos asumir casos pro bono (sin honorarios) bajo criterios internos.
Ver política y criterios pro bono.

Analizamos tu caso sin compromiso

No dejes pasar más tiempo. Las pruebas se pierden y las causas prescriben.
Consultanos para evaluar si conviene constituirse como Querellante en tu expediente.

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