Si el arma no fue peritada, ¿me pueden condenar como robo con arma de fuego?
Resumen del Fallo (BLUF)
En el caso Chazarreta, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (Sala III) hizo lugar parcialmente al recurso de la defensa: recalificó el hecho como robo con arma de fuego cuya aptitud de disparo no pudo acreditarse (art. 166 inc. 2, 3° párrafo, CP) y en grado de tentativa (art. 42 CP), y reenvió la causa para fijar una nueva pena.
Qué pasó
El fallo describe un robo cometido en la vía pública con moto: uno de los imputados abordó a la víctima, le exigió sus pertenencias y exhibió un arma. En el expediente se mencionó una pistola Bersa calibre .22 con municiones.
El punto clave: la aptitud de disparo
Para el agravante del art. 166 inc. 2 del Código Penal, no da lo mismo hablar de “arma de fuego” en abstracto: la calificación y la escala penal pueden variar según se acredite o no (por ejemplo, mediante pericia) que el arma era apta para el disparo. En este caso, Casación entendió que esa aptitud no estaba debidamente demostrada, y por eso aplicó el 3° párrafo.
Por qué también se consideró tentativa
La Sala III consideró que, por las circunstancias del hecho y el iter del desapoderamiento, correspondía tratarlo como tentativa (art. 42 CP). Esa discusión (consumado vs. tentativa) es relevante en robos con arma porque impacta directamente en la pena.
Ficha Técnica
| Tribunal: | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (Sala III) |
| Fecha: | 15/09/2022 |
| Delito: | Robo con arma de fuego (aptitud no acreditada) en tentativa (art. 166 inc. 2, 3° párr. y art. 42 CP) |
| Resultado: | CASACIÓN PARCIAL REENVÍO PARA NUEVA PENA |
¿Te imputan un robo con arma?
En robos con arma, la discusión sobre aptitud del arma, tentativa y prueba puede cambiar la calificación y la pena. Analizamos tu caso y la estrategia defensiva.
HABLAR CON UN ABOGADO