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¿Cómo se define si un caso va a Juicio por Jurados: por la calificación o por la pena en abstracto?

Resumen del Fallo (BLUF)

En Adamo, la Sala I del Tribunal de Casación Penal bonaerense estableció un criterio operativo claro: la competencia de Juicio por Jurados se define por la pena máxima en abstracto y, además, por la regla del art. 26 CPP (se debe considerar la pena del delito consumado). En este caso, se declaró la nulidad de lo actuado por la indebida integración como tribunal técnico unipersonal y se ordenó el reenvío para realizar un juicio válido con jurados.

Antecedentes: Condena técnica en un caso grave

El Tribunal en lo Criminal N° 1 de San Martín, actuando como tribunal técnico unipersonal, condenó a Diego Javier Adamo a 15 años de prisión por amenazas y homicidio agravado (por el vínculo y violencia de género) en grado de tentativa.

La defensa oficial había planteado oportunamente que, dado el delito imputado, correspondía la intervención de un Tribunal de Jurados y que no existía renuncia expresa del imputado a ese derecho (art. 22 bis CPP). Sin embargo, el juez técnico rechazó el planteo y avanzó con el juicio unipersonal.

La discusión: ¿Cómo se calcula el umbral de pena?

El debate jurídico se centró en la garantía del juez natural. La ley bonaerense exige jurado popular cuando la pena máxima en abstracto del delito excede los 15 años.

El fiscal ante Casación argumentó que, al tratarse de una tentativa, la escala penal se reducía y no alcanzaba el umbral necesario. La defensa, por el contrario, sostuvo que debía estarse a la pena del delito principal para determinar la competencia material.

Qué resolvió Casación: La regla del Art. 26 CPP

La Sala I dio la razón a la defensa y anuló la sentencia. El razonamiento fue el siguiente:

  • Garantía Constitucional: El juicio por jurados es una garantía del acusado que debe respetarse salvo renuncia expresa.
  • Pena del Delito Consumado: Para definir la competencia (materia), se aplica el art. 26 del Código Procesal Penal, que ordena atender a la pena establecida para el delito consumado, sin las reducciones de la tentativa.
  • Cálculo: El homicidio agravado (art. 80 CP) tiene pena de prisión perpetua. Aun con la reducción de la tentativa (art. 44 CP), la escala de reclusión parte de 15 a 20 años. Por tanto, supera el límite legal y la competencia es indiscutiblemente del jurado.

Consecuencia: Nulidad y Reenvío

Al haberse vulnerado la garantía del juez natural, Casación declaró la nulidad absoluta de todo el juicio técnico y ordenó el reenvío de la causa para que se sortee un nuevo juez y se realice el debate conforme al procedimiento de Juicio por Jurados.

Cómo usar este precedente en tu Defensa

Checklist de Competencia

Pasos para asegurar el Juicio por Jurados:

  • Chequeo de Umbral: Verificar la pena máxima en abstracto de la calificación legal principal (art. 22 bis CPP).
  • Regla del Consumado: Recordar que para la competencia se mira la pena del delito consumado (art. 26 CPP), no la escala reducida de la tentativa.
  • Sin Renuncia: Si el cliente no firmó la renuncia expresa, el Estado no puede imponer un juez técnico.
  • Oposición Oportuna: Si radican la causa en un tribunal técnico, plantear la incompetencia de inmediato citando el fallo "Adamo".
Ficha Técnica
Tribunal: Tribunal de Casación Penal PBA – Sala I
Fecha: 09/02/2023
Expediente: Causa N° 120.665 ("Adamo")
Tema: Competencia Jurados / Pena en abstracto
Resultado: NULIDAD DEL JUICIO REENVÍO

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