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¿El Estado responde si te atacan en una visita conyugal en la cárcel?

CAF Sala IV 22/06/2023 Estado Condenado Falta de Servicio (SPF) CAF 62.173/2018

En esta ficha

Lectura rápida, con checklist replicable

Resumen del Fallo (BLUF)

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala IV) confirmó la responsabilidad del Estado Nacional por falta de servicio del Servicio Penitenciario Federal (SPF) ante un ataque sufrido por la actora durante una visita de reunión conyugal en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz (29/03/2016). El tribunal elevó el monto total a $1.832.000 (más intereses) y, como medida de no repetición, ordenó garantizar la instalación y mantenimiento de sistemas de alarma en las habitaciones destinadas a visitas conyugales.

Hechos del caso: ataque durante una visita de reunión conyugal

El caso se origina en los hechos ocurridos el 29/03/2016, cuando, en el marco de una visita de reunión conyugal dentro del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz, un interno (C. R. G.) abusó sexualmente de la actora e intentó matarla mediante el empleo de un elemento cortante (cúter).

En la demanda, se atribuyó al SPF una falla en los deberes de control y seguridad sobre el contexto de visitas y se resaltó que, además, no funcionó el botón/sistema de alarma del lugar para requerir asistencia.

El problema jurídico: responsabilidad del Estado por falta de servicio del SPF

El eje del fallo es si el Estado Nacional responde por un daño sufrido por una persona que ingresa a un establecimiento penitenciario como tercero (en este caso, a una visita de reunión conyugal), cuando el servicio de seguridad funciona de modo deficiente u omite medidas de control y protección adecuadas.

Marco jurídico citado por el Tribunal (seguridad, garantía y contexto de vulnerabilidad)

  • Responsabilidad estatal directa (referencias a la evolución jurisprudencial y a la teoría del órgano).
  • Deber de seguridad y su especificidad según el contexto del caso, con referencia a precedentes de la CSJN.
  • Responsabilidad por omisión ante el incumplimiento del deber de custodiar a los detenidos y a quienes concurren a visitarlos.
  • Protección reforzada ante situación de desventaja, discriminación o vulnerabilidad, con referencias a estándares interamericanos.

Qué sostuvo la Cámara (criterios aplicables)

La Sala IV confirmó la procedencia de la responsabilidad estatal por falta de servicio. El razonamiento, útil como guía técnica, puede resumirse así:

  • Deber concreto de seguridad: el SPF no solo custodia internos; también debe preservar la seguridad de quienes ingresan a visitarlos. En ciertos contextos, ese deber se vuelve específico y exigible.
  • Omisiones relevantes: el tribunal valoró la ausencia de medidas de control suficientes y que no funcionó el botón/sistema de alarma para pedir asistencia.
  • Rechazo de defensas eximentes: no bastó alegar el “hecho de un tercero” sin refutar de manera eficaz las razones que demostraban el funcionamiento irregular del servicio y el deber de garantía.
  • Reparación y prevención: además de la indemnización, se hizo lugar a una orden concreta de no repetición vinculada a sistemas de alarma en visitas conyugales.

Daños e intereses: qué se indemnizó y cómo se calculó

La sentencia de primera instancia había fijado montos por distintos rubros (daño moral y estético; gastos médicos vinculados a reparación estética; daño psíquico; tratamiento psicológico). En apelación, la Cámara:

  • Elevó el daño moral y estético a $1.200.000.
  • Confirmó el rubro de daño psíquico en $300.000.
  • Confirmó los gastos médicos vinculados a reparación estética en $150.000.
  • Elevó el tratamiento psicológico a $182.000.
  • Fijó intereses (desde 01/04/2016) a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central.

Con ese ajuste, el tribunal estableció un monto total de $1.832.000 (más intereses).

Medidas de no repetición: sistemas de alarma en visitas conyugales

Como parte de la decisión, la Sala IV ordenó disponer medidas para garantizar la instalación y mantenimiento de sistemas de alarma en las habitaciones destinadas a las visitas conyugales, vinculándolo a un objetivo de garantías de no repetición.

Cómo usar este precedente en tu reclamo

Checklist (replicable): falta de servicio en contexto penitenciario

Puntos técnicos que suelen definir el caso:

  • Contexto y deber específico: describir el sector/actividad (p. ej., visita conyugal) y por qué allí el deber de seguridad se concreta y refuerza.
  • Omisión de controles: identificar qué medidas de control y prevención eran exigibles y no se implementaron o fallaron.
  • Sistemas de auxilio: documentar si existían botones/sistemas de alarma y si funcionaron (o no) al momento del hecho.
  • Daños con rubros claros: ordenar la prueba y el reclamo por rubros (moral/estético, gastos médicos, daño psíquico, tratamiento) y su cuantificación.
  • Intereses: precisar el punto de partida y la pauta aplicada (en SCN: tasa pasiva promedio mensual BCRA desde 01/04/2016).
  • No repetición: pedir medidas concretas, operativas y verificables (p. ej., sistemas de alarma instalados y mantenidos).

Preguntas frecuentes (FAQ)

En el Caso SCN (CAF Sala IV, 22/06/2023), la Cámara consideró configurada la responsabilidad estatal por falta de servicio del SPF ante un ataque ocurrido durante una visita de reunión conyugal en el CPF II de Marcos Paz.

El fallo valoró la omisión de medidas de control suficientes para preservar la seguridad en el contexto de visitas y que no funcionó el botón/sistema de alarma para requerir asistencia en el sector de visita conyugal.

La Cámara elevó el monto total a $1.832.000 (más intereses). Se contemplan rubros como daño moral y estético, gastos médicos vinculados a reparación estética, daño psíquico y tratamiento psicológico futuro, con intereses a la tasa pasiva promedio mensual del BCRA desde 01/04/2016.

Ordenó disponer medidas para garantizar la instalación y mantenimiento de sistemas de alarma en las habitaciones destinadas a visitas conyugales, como garantía de no repetición.

Ficha Técnica (para replicar)

Tribunal (revisor): Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala IV)
Fecha:
Docket: Exp. CAF 62.173/2018/CA1
Tribunal de origen: Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 2
Materia: Daños y perjuicios / Responsabilidad del Estado (falta de servicio del SPF)
Tema central: Ataque en visita de reunión conyugal (CPF II Marcos Paz) · deber de seguridad · sistemas de alarma · no repetición
Resultado: ESTADO CONDENADO NO REPETICIÓN (ALARMA)

¿Sufriste un ataque en una visita conyugal y fallaron los controles o el auxilio?

El Caso SCN muestra cómo se analiza la falta de servicio del SPF, la cuantificación de daños y las medidas de no repetición (sistemas de alarma) en el sector de visitas.

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