Por Guillermo Conti
Pagarés de Credigol S.A.S.: qué revisar ante un embargo
El importe del pagaré, los pagos y la notificación de la demanda pueden cambiar el curso de una ejecución. Qué conviene revisar cuando el reclamo llega al recibo de sueldo.
El primer aviso, en el recibo de sueldo
Si te enteraste del juicio por un descuento en el sueldo, el primer paso es identificar el expediente. La orden que recibió el empleador permite saber qué juzgado interviene y quién reclama.
Después hay que reunir el pagaré, la documentación del préstamo y las constancias de pago. Discutir el importe de la deuda no es lo mismo que cuestionar una notificación: son planteos distintos y deben prepararse a tiempo. [1]
Si ya te están descontando del sueldo
Pedí a tu empleador una copia de la orden de embargo y conservá el recibo. El juzgado y el número de expediente son los primeros datos para ubicar el reclamo.
Cuánto se recibió y cuánto se reclama
Para revisar el importe del pagaré hacen falta las condiciones del préstamo, el comprobante del dinero entregado y los pagos realizados. La suma escrita en el título no explica, por sí sola, cómo se llegó a ese monto.
La firma de un pagaré no excluye la protección que corresponda a un préstamo de consumo. El artículo 36 de la Ley 24.240 exige informar, entre otros datos, el monto financiado, la tasa efectiva anual, el total de intereses o el costo financiero total y las cuotas. Su aplicación depende de que la operación sea de consumo. [2]
Cámara Comercial · Sala F · 27 de agosto de 2026
Un pagaré de $6 millones y una transferencia de $372.000
El comentario publicado por Conti Abogados sobre Credigol S.A.S. c/ F., L.A. s/ejecutivo (COM 20503/2025) informa que la ejecutante reclamaba $6.000.000 y reconoció una transferencia de $372.000 por el préstamo que dio origen al pagaré. Según esa publicación, la Sala F confirmó el rechazo de la ejecución por incumplimiento del artículo 36: encuadró a la actora como proveedora y a la demandada como presuntivamente consumidora. [3]
La misma publicación informa que la resolución no estaba firme al 12 de septiembre de 2026. Ese es el estado procesal citado aquí, no una constancia posterior de firmeza. [3]
Rechazar la vía ejecutiva no equivale, por sí solo, a declarar que nunca existió una deuda. La posibilidad de otro reclamo depende de lo resuelto y de las reglas del proceso posterior. [1]
Cuando la notificación fue a otro domicilio
Para revisar una notificación hay que comparar la dirección denunciada en la demanda, lo asentado por el oficial notificador y las constancias del domicilio de esa época. También importa cuándo se conoció el juicio.
En los procesos regidos por el CPCCN, la nulidad por una intimación de pago hecha de manera irregular debe plantearse dentro de los cinco días previstos para oponer excepciones. El artículo 545 exige que, al pedirla, el ejecutado deposite la suma fijada en el mandamiento u oponga las excepciones que correspondan. También debe indicar cuáles no pudo deducir, en términos que muestren la seriedad del planteo. [1]
Vivir en Provincia y recibir una demanda de Capital
La competencia del tribunal es otra cuestión. Cuando el proveedor demanda por un crédito comprendido en el artículo 36, la ley dispone que intervenga el tribunal del domicilio real del consumidor. Para invocar esa regla, hay que establecer el destino del préstamo y la relación de consumo. [2]
No todos los pagarés reciben la misma respuesta
Los documentos presentados y los indicios sobre el destino del préstamo pueden llevar a decisiones diferentes. El antecedente de Sala F no permite anticipar el resultado de otra ejecución.
La ejecución que siguió adelante
En Credigol S.A.S. c/ B., C.R. s/ejecutivo (COM 522/2025), la Sala A consideró insuficientes los indicios para tener por acreditada una relación de consumo. La actora había invocado una declaración sobre el destino del dinero a un emprendimiento. La Cámara revocó el rechazo inicial y ordenó dar curso a la ejecución, sin anticipar el resultado de las defensas que pudiera oponer el demandado. [4]
Un reclamo colectivo sobre tasas, referido a otra entidad
Un edicto del Juzgado CAyT y de Relaciones de Consumo N.º 25 informa una demanda iniciada en 2022 que incluye a BLG Cooperativa de Crédito, Vivienda y Consumo Ltda. entre las demandadas. La acción cuestiona la falta de información sobre la tasa efectiva anual y pide, entre otras cosas, revisar tasas y restituir intereses.
Es un proceso distinto de las ejecuciones de Credigol S.A.S. comentadas arriba. El edicto publica las pretensiones de una demanda: no acredita que hayan sido admitidas por sentencia ni informa el estado actual de la causa. [5]
Quién aparece en el pagaré y en la demanda
El anuncio, la aplicación y los documentos del préstamo pueden utilizar denominaciones distintas. Para identificar a quien reclama, compará la razón social completa y el CUIT en la documentación disponible.
Credigol S.A.S. es la actora en los antecedentes aquí comentados. La mención no comprende a Credigol S.A.: coincidir en un nombre comercial no basta para identificar a una sociedad. [4]
Qué llevar a la consulta
No hace falta esperar a tener el expediente completo para consultar. Empezá por los documentos que ya tenés.
- La orden de embargo y el recibo de sueldo.Pedí una copia del oficio a tu empleador. Conservá los recibos donde figuran los descuentos y cualquier notificación que hayas recibido.
- Los papeles y mensajes del préstamo.Contrato, pagaré, declaración jurada, comprobante del dinero recibido y conversaciones sobre las condiciones. Guardá los originales sin modificar los archivos.
- Los pagos y las constancias de domicilio.Reuní recibos y transferencias. Si cuestionás una notificación, agregá documentos que permitan establecer dónde vivías en esa fecha.
Si recibiste una cédula o un mandamiento, indicá cuándo y cómo lo recibiste. Una consulta por WhatsApp no suspende los plazos judiciales. [1]
Consulta profesional
Coordinar una consulta con el Dr. Guillermo Conti
Contá si recibiste una demanda, una notificación o un descuento en el sueldo, y qué documentación tenés. El mensaje llega directamente al celular del Dr. Conti. Enviarlo no implica la aceptación del caso.
Escribir a Guillermo ContiDudas sobre el embargo
¿Mi empleador puede dejar de descontar si desconozco la deuda?
Desconocer la deuda ante el empleador no deja sin efecto la orden judicial. Hay que identificar el expediente y evaluar qué se puede pedir al tribunal respecto del embargo.
¿Qué pasa si ya pagué parte del préstamo?
Guardá los comprobantes e indicá a quién pagaste, cuándo y por qué concepto. Esos pagos deben revisarse frente a la deuda reclamada. El importe que se descuenta del sueldo no permite saber, por sí solo, cuánto queda pendiente.
¿Puedo consultar si el préstamo tenía otro nombre?
Sí. Para ubicar el caso sirven el nombre de quien demanda, el pagaré y el número de expediente. No es necesario que la entidad aparezca en esta nota.
¿Una gestión fuera del expediente frena el embargo?
No por sí sola. Una consulta o un reclamo no reemplazan las presentaciones que correspondan en el juicio. Aunque haya una negociación, no dejes vencer los plazos de la ejecución.
Fuentes de la nota
- Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Artículos 542, 545 y 553. Debe identificarse el régimen procesal aplicable a cada expediente.
- Ley 24.240, texto oficial actualizado. Artículos 1, 2, 4 y 36.
- Comentario de Conti Abogados sobre Credigol S.A.S. c/ F., L.A.. Sala F, COM 20503/2025, 27/08/2026. La descripción del caso y el estado no firme al 12/09/2026 se atribuyen a esa publicación. El comentario enlaza una copia de la resolución alojada en el sitio de la CSJN; ese PDF no fue cotejado independientemente en esta edición.
- Credigol S.A.S. c/ B., C.R., Sala A, COM 522/2025. Resolución del 27/03/2025, firma digital del 28/03/2025. Copia del documento judicial publicada en abogados.com.ar.
- Edicto judicial sobre BLG. iJudicial, 13/12/2024. Informa una demanda iniciada el 15/03/2022; el plazo allí indicado corresponde a aquella publicación.
Análisis de Guillermo Conti, publicado en ST Abogados. Los antecedentes tienen el alcance y las fechas indicados; no anticipan el resultado de otros expedientes. La evaluación de un reclamo requiere revisar sus documentos.
Para informar una inexactitud de la publicación: estudio@stabogados.com.ar. Política editorial.
